El Consejo Nacional de Cooperativas (CONACOOP), es un organismo de delegados del sector cooperativo, que elige a los representantes del movimiento en la Junta Directiva del Instituto, vigila su actuación y da normas sobre la política a seguir.
Tiene personería jurídica propia con carácter de ente público no estatal. Así lo establece el artículo 136.
El Sector Cooperativo se encuentra organizado en tres sectores: Cooperativas de Autogestión, cooperativas de Producción Agrícola e Industrial y “demás Cooperativas”.
Su estructura:
El Plenario: lo conforman delegados de cada uno de los sectores del movimiento cooperativo, las uniones y federaciones.
Es el plenario quien se encarga de definir las políticas a adoptar ante diferentes situaciones que enfrenta el Movimiento Cooperativo en el país o alguna de sus cooperativas.
El Directorio: Se elige del seno del Plenario por un plazo de 2 años. Le corresponde al Directorio nombrar un secretario ejecutivo, el cual debe, junto con el equipo de trabajo del CONACOOP, ejecutar los acuerdos del Plenario y del Directorio.